La pelea judicial entre L-Gante y Maxi El Brother sigue sumando capítulos. Luego de que trascendiera que el cantante decidió iniciar una demanda millonaria contra su exrepresentante para reclamarle una rendición de cuentas por los años que trabajaron juntos, se filtraron detalles del contrato que los unía laboralmente y que todavía genera controversia.
Durante el ciclo DDM, el periodista Martín Candalaft mostró el documento que firmaron Elián Valenzuela, su entonces manager Maxi Barbaccia y su esposa Lourdes Medina Manaure, y reveló que las condiciones eran muy desfavorables para el artista: “El contrato es dramático para L-Gante”.
Sobre la posición de Maxi El Brother ante el conflicto, Candalaft señaló: “Él dice que hizo mucho por L-Gante, que le desea lo mejor, pero en el medio está el contrato firmado y Maxi y su pareja Lourdes pueden romper el trato cuando quieren, pero L-Gante no”.
Uno de los puntos más polémicos del documento tiene que ver con los derechos de las canciones y los videoclips. Según leyó el periodista: “En la cláusula 8, que es la de los derechos sobre canciones y videos, ‘corresponderá a Medina Manaure y Barbaccia la libre y absoluta disposición de los fonogramas y videogramas y/o cualquier material u contenido artístico desarrollado por el artista, pudiendo enajenarlos, distribuirlos y comercializarlos por cualquier medio inclusive después de la terminación o rescisión de este contrato’”.
“El abogado nos hablaba de perpetuidad porque ellos pueden disponer libre y absolutamente de las canciones y los videos de L-Gante”, explicó Candalaft sobre la interpretación legal del documento que logró distanciar al cantante de cumbia con su manager.
Ante este panorama, Guido Záffora aportó más detalles sobre la versión del propio cantante: “Me dijo que él firma el contrato cuando recién estaba arrancando su carrera, Maxi era muy amigo de él y confió ciegamente”.
Finalmente, Candalaft sumó otra cláusula que complica aún más al referente de la cumbia 420: “El punto 8/2 dice que ‘sin perjuicio del reconocimiento sobre la propiedad intelectual que corresponde a Medina Manaure y Barbaccia sobre los fonogramas y/o videogramas demás material artístico que se realice, el artista cede y transfiere, en forma irrevocable a Medina Manaure y Barbaccia, todo derecho y acción que le corresponda y que le sea reconocido en el futuro’”.
Otro de los puntos del contrato tiene que ver con el derecho de Maxi y su esposa Lourdes a “distribuir y comercializar, fabricar y explotar” el material con el “derecho a utilizar el nombre real y/o artístico del artista por el que es o pueda llegar a ser conocido en el futuro, su voz, imágenes, fotografías, autógrafos, logotipos, marcas registradas, mezclas de grabaciones y productos de voz”.
Por otra parte, Candalaft mostró otra de las clausulas que podrían perjudicar al artista: “Medina y Barbaccia podrán rescindir el contrato en cualquier momento, sin expresión de causa”, leyó y luego agregó: “’La decisión de los managers de rescindir anticipadamente este contrato no generará derecho a indemnización ni compensación de ningún tipo o naturaleza ni mayor valor a favor del artista’”.
Además, el panelista explicó que en el contrato se aclara que el artista “no podrá rescindir en forma encausada el presente contrato mientras se encuentre vigente en su plazo de duración o algunas de sus prórrogas”.